EL OTRO MEDIO.

EL OTRO MEDIO

EL OTRO MEDIO
Para anunciar en El Otro Medio comuníquese a comercialelotromedio@yahoo.com.ar

martes, 11 de septiembre de 2012

Seguro Ambiental. Política Ambiental Nacional

La Ley Nº 25.675 en su artículo 22 dispone que: "Toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos, deberá contratar un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir; asimismo, según el caso y las posibilidades, podrá integrar un fondo de restauración ambiental que posibilite la instrumentación de acciones de reparación". Con la intención de estar en línea con la Política Ambiental Nacional, se publicó hoy 11 de septiembre de 2012 en el Boletín Oficial de la República Argentina el Decreto Nº 1638/2012 por el que se crea la Comisión Técnica de Evaluación de Riesgos Ambientales. El decreto además establece dos tipos de seguros a contratar el de Caución por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva, y el de Responsabilidad por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva. El decreto considera actividades riesgosas para el ambiente, en los términos del artículo 22 de la Ley Nº 25.675, las actividades listadas en el Anexo I y en el Anexo II (categorías 2 y 3) establecidos en la Resolución Nº 177/07 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y sus modificatorias.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

EL OTRO MEDIO

EL OTRO MEDIO
INTEGRAMENTE AMBIENTAL