CLASES PRESENCIALES, vs. PEN (DNU 241/21).
Ante el recrudecimiento de los casos por el Sars-Covid-19, su impacto en el sistema de salud, por la carencia de recursos esenciales como, test, vacunas, camas en terapia intensiva, respiradores, profesionales de la salud, y la mayor cantidad de muertes, el Gobierno Nacional emitió un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia el 241-2021, algo que viene haciendo con mucha habitualidad, principalmente desde el inicio de la cuarentena en 2020.[1]
Ante esta disposición normativa, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, inicio el 16/04/21 la acción prevista por el art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación contra el Estado Nacional, a fin de obtener que declare la inconstitucionalidad del art. 2º del decreto 241/21 del Poder Ejecutivo Nacional, que estableció –en su último párrafo– la suspensión del dictado de clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades, desde el 19 de abril hasta el 30 de abril de 2021, inclusive, en el ámbito del aglomerado urbano denominado “Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)” definido por el art. 3º del decreto 125/21.
Corrida la vista al Ministerio Público, opinó por intermedio de la Procuradora General de la Nación ante la CSJN, en el incidente relativo a la medida cautelar, que el proceso debe tramitar ante los estrados del Tribunal.
El PEN advirtió que no lo conmueve una rebelión, pero otras jurisdicciones municipales, tal el caso del Partido de San Isidro y Vicente López, ambas de la Provincia de Buenos Aires, anuncian que también irán por la vía judicial para mantener las clases presenciales en cada una de sus administraciones.
Tampoco la mayoría de los gobernadores acompañan el objetivo de cerrar las escuelas, en concreto perciben la medida unilateral sin consulta previa.
Juan José Dimas. Abogado.
[1] Covid 19 vaccinationes per country: https://edition.cnn.com/interactive/2021/health/global-covid-vaccinations/